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FAMILIA

Por medio del instrumento jurídico correspondiente, se puede disponer en vida para después del fallecimiento, hacer la transmisión de los bienes de quien fallece, o cambiar el régimen legal de bienes que por defecto nos asigna la ley para el matrimonio.

  • Capitulaciones matrimoniales

  • Separación de bienes

  • Convenciones concubinarias

  • Testamentos

  • Trámites sucesorios

  • Legados

  • Cesión de derechos hereditarios

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