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Formularios de conocimiento del cliente y debida diligencia

En cumplimiento de las leyes y las reglamentaciones aplicables en la República Oriental del Uruguay en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo (ley número 19.574, de 20 de diciembre de 2017 con las modificaciones introducidas por las leyes número 19.670, de 15 de octubre de 2018 y 19.889, de 09 de julio de 2020 y su decreto reglamentario N° 379/018, de 12 de noviembre de 2018), y como parte del proceso de debida diligencia al que estamos obligados los Escribanos Públicos, le solicito completar el siguiente formulario con la información requerida.
La información proporcionada en el presente formulario es confidencial y no se compartirá con persona alguna, salvo que las autoridades competentes dispongan lo contrario.

Debida diligencia NORMAL
Personas físicas

Debida diligencia NORMAL
Personas jurídica

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Debida diligencia INTENSIFICADA
Personas físicas

Debida diligencia INTENSIFICADA​
Personas jurídica

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